La selección de aspirantes a profesores provisionales y suplentes se realiza según Resolución Nº 5886/03. Las llamadas a cobertura de asignaturas se realizan a través de Secretaría de Asuntos Docentes.
Los interesados deberán presentar Declaración Jurada y Proyecto Curricular dentro de los plazos que se establezcan.
Para la elaboración del Proyecto Curricular deberán respetarse los CONTENIDOS MINIMOS de la asignatura a concursar los cuales pueden consultarse en la sección Oferta Académica, de esta página o en la página del ABC de la DGCYE.
Requisitos para la entrega de proyectos – Normativa a utilizar Resolución N° 5886/03:
En carpeta foliada, (con nepacos, con ganchitos mariposas y/o engrampadas, para que no se pierda o adultere información):
- Portada con los siguientes datos: Apellido y Nombre; DNI; Domicilio; Teléfono de contacto (fijo y celular); Correo Electrónico (en caso de ejercer la docencia indicar el correo de abc, caso contrario el correo de contacto); Nombre de la cátedra para la cual concursa; Carrera a la que pertenece;
- Firma y sello de autoridad interviniente donde indica la Resolución 5886/03;
- Firma del aspirante donde indica la Resolución 5886/03;
- Solicitud de inscripción, se sugiere por duplicado, uno para el/la docente otro para el legajo;
- Anexo III de la Resolución 5886/03 completo, se sugiere que los campos no utilizados sean cruzados;
- Fotocopia de DNI con último domicilio y espacio de domicilio siguiente en blanco (CERTIFICADO como COPIA FIEL POR AUTORIDAD COMPETENTE).
- Fotocopia de Títulos, cursos, capacitaciones, debidamente registrados en Consejo Escolar, (CERTIFICADOS como COPIA FIEL POR AUTORIDAD COMPETENTE);
- En caso de ser necesario, constancia de promedio de título o el analítico correspondiente;
- Los certificados de los/las alumnos/as regulares, de los Institutos deben aclarar correctamente el nombre del TITULO con que egresará el/la estudiante y no el de la carrera;
- Calificaciones, especialmente si hubiere sido calificado en la asignatura para la que concursa, recordamos que es IMPORTANTE que en el SET 4 se especifique textualmente el nombre de la asignatura (CERTIFICADAS como COPIA FIEL POR AUTORIDAD COMPETENTE);
- Antigüedad docente en el Nivel Terciario en el área y asignatura específica, que puede certificarse de dos maneras, que la autoridad competente firme al lado de lo informado por el/la docente corroborando la veracidad de los datos y/o en hoja aparte.
- Antigüedad en otro Nivel, puede adoptarse igual manera que la anterior.-
Podes Descargar la Resolución 5886/03 completa haciendo click aquí
Para Descargar la Declaración Jurada click aquí